La Cámara de Representantes aprobó por mayoría, el lunes 22 de noviembre de 2021, el proyecto de ley orgánica 51.21 por el que se modifica y se completa la ley orgánica 02.12 relativa al nombramiento en los altos cargos de conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 y 42 de la Constitución, durante una sesión plenaria legislativa presidida por, Mohamed Joudar, Vicepresidente de la Cámara de Representantes, y en presencia de la Ministra delegada encargada de la Transición Digital y la Reforma de la Administración Ghita Mezzour.
Durante su intervención ante los diputados, la responsable gubernamental expuso las reformas introducidas a la ley orgánica, explicando que "estas reformas no atentan contra la sustancia de la ley, sino que son enmiendas que conciernen bien al anejo relativo a las instituciones y empresas estratégicas, o al anejo relativo a los altos cargos que son objeto de deliberación en el Consejo de Gobierno, o ambos", justificando esta decisión por el hecho de que" la creación, modificación o fusión de algunas instituciones o empresas públicas requieren la actualización de las dos precitadas listas"
Asimismo, destacó que el proyecto de ley orgánica aprobado “tiene como objetivo modificar y completar las dos listas relativas a las instituciones y empresas públicas que figuran en los anejos 1 y 2, de modo que algunas instituciones serán añadidas a la lista de instituciones públicas estratégicas, tales la Agencia Nacional para la Regulación de las Actividades relativas al Cannabis y la Agencia Nacional para la Gestión Estratégica de las Contribuciones del Estado el Seguimiento de la Eficiencia de las Instituciones y Empresas Públicas y otras instituciones.
En virtud de este texto jurídico, se procederá a la sustitución de la denominación de la "empresa de inversiones energéticas" por la "empresa de ingeniería energética", luego la incorporación de algunas instituciones a la lista de instituciones públicas mencionadas en la cláusula "A" del anejo 2, ya que el nombramiento de sus responsables será objeto de deliberación en el Consejo de Gobierno, y por último la supresión de la "Oficina de Comercialización y Exportación" de la lista de instituciones públicas previstas, mientras que el nombramiento de sus responsables será objeto de deliberación en el Consejo de Gobierno después de la publicación de la Ley 06/20 relativa a la disolución y liquidación de la Oficina de Comercialización y Exportación.