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La Cámara de Representantes aprueba por mayoría tres proyectos de ley relativos a los ámbitos de la educación y formación, las zonas francas de exportación y los buques de pesca

La Cámara de Representantes aprobó, el lunes 29 de enero de 2024, por mayoría tres proyectos de ley relativos a los ámbitos de la educación y formación, las zonas francas de exportación y los buques de pesca, durante una sesión plenaria legislativa presidida por el Presidente de la Cámara de Representantes, Rachid Talbi El Alami, en presencia del Ministro de Educación Nacional, Preescolar y Deportes, Chakib Benmoussa, la Ministra delegada ante el Jefe de Gobierno encargada de la Transición Digital y la Reforma de la Administración, Ghita Mezzour, y el Ministro delegado ante el Jefe de Gobierno encargado de las Relaciones con el Parlamento y portavoz del Gobierno, Mustapha Baïtas.

En este sentido, los miembros de la Cámara aprobaron por mayoría el proyecto de ley 03.24 por el que se modifica la Ley 07.00 relativa a la creación de las Academias Regionales de Educación y Formación, que es la base legal para la implementación del proyecto del nuevo estatuto del personal del Ministerio, elaborado según un enfoque participativo con los sindicatos de enseñanza más representativos y la Comisión Ministerial Tripartita.

Este texto de ley se enmarca en la puesta en marcha de las disposiciones de la Ley-marco 51.17 relativa al sistema de educación, formación e investigación científica, que promueve la renovación de las profesiones de enseñanza, formación y gestión, la adaptación de los estatutos específicos de las diferentes categorías profesionales, así como el compromiso conjunto de todos los actores para alcanzar los objetivos de la reforma educativa, basándose en el principio de correlación entre derechos y deberes y en el marco de la implementación de las orientaciones contenidas en el Nuevo Modelo de Desarrollo del Reino.

El proyecto de ley mencionado anteriormente tiene, asimismo, como objetivo otorgar el estatus de 'funcionario' a todo el personal del Ministerio, incluidos aquellos que fueron reclutados conforme a las disposiciones de la ley 07.00 sobre la creación de las Academias Regionales de Educación y Formación, tal como fueron enmendadas y completadas, por lo cual la adopción del estatus de funcionario viene a satisfacer las reivindicaciones y expectativas de una importante categoría del personal del ministerio, antiguos funcionarios de las academias.

En la misma línea, la Cámara votó igualmente por mayoría el proyecto de ley 56.23 que deroga el artículo 43 de la Ley 19.94 relativa a las zonas francas de exportación, que prevé en su artículo único la derogación de las disposiciones del artículo 43 de la ley 19.94 relativa a las zonas francas de exportación, con el fin de ponerse en conformidad con las disposiciones de la Ley-marco 03.22 con rango de Carta de Inversión y la Ley-marco 69.19 relativa a la reforma fiscal.

Este proyecto de ley permitirá que los proyectos establecidos en las zonas francas de exportación se beneficien de las diferentes ventajas de los mecanismos de apoyo proporcionados por la Carta de Inversión y aumentará el número de proyectos establecidos en las zonas francas de exportación.

Durante la misma sesión, la Cámara aprobó por mayoría el proyecto de ley 57.22 que modifica y completa la Ley 59.14 relativa a la adquisición, construcción y reconstrucción de los buques de pesca. Este proyecto se enmarca en la política de reforma progresiva del marco jurídico que rige el sector de la pesca marítima, así como en el fortalecimiento de los mecanismos de prevención y lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, mediante la represión de todas las formas de construcción, reemplazo o reparación de los buques de pesca sin autorización de la autoridad gubernamental encargada de la pesca marítima.

Cabe destacar que este proyecto de ley prevé reforzar las sanciones contra las personas que construyen barcos de pesca sin autorización previa, en particular la construcción de barcos de pesca tradicionales, luego definir el caso de reincidencia para uno de los delitos previstos por esta ley, aclarar el procedimiento de incautación y confiscación de los barcos ilegales, además de determinar la lista de obras de construcción de barcos por parte de la administración competente.