La Cámara de Representantes aprobó, el martes 24 de octubre de 2023, por mayoría, el proyecto de ley 43.22 relativo a las penas alternativas, durante una sesión legislativa presidida por el Presidente de la Cámara de Representantes, Rachid Talbi El Alami, en presencia del Ministro de Justicia, Abdellatif Ouahbi. En una segunda sesión legislativa celebrada el mismo día, la Cámara aprobó por mayoría el proyecto de ley 10.23 relativo a la organización y gestión de los establecimientos penitenciarios, bajo la presidencia del Presidente de la Cámara de Representantes, Rachid Talbi El Alami, en presencia del Ministro de Justicia, Abdellatif Ouahbi, y el Ministro delegado ante el Jefe de Gobierno encargado de las relaciones con el Parlamento, Portavoz del Gobierno, Mustapha Baïtas.
El proyecto de ley 43.22 relativo a las penas alternativas se inscribe en el marco de la mejora del sistema judicial y se basa en varios principios, como la modernización del sistema jurídico nacional, estableciendo una política penal eficiente para resolver los problemas planteados por la justicia penal, en particular en lo que respecta a las penas privativas de libertad de corta duración.
Este proyecto de ley tiene por objeto establecer un marco jurídico integral para las penas alternativas, ya sea basándose en los principios fundamentales del derecho penal relacionados con las sanciones o estableciendo mecanismos y normas procedimentales en el Código de Procedimiento Penal, para el seguimiento y la aplicación de penas alternativas.
Los puntos más destacados del citado proyecto de ley consisten en el establecimiento de penas alternativas, a saber, el trabajo a favor del interés general, la vigilancia electrónica, la imposición de medidas de reinserción o terapéuticas, como la sumisión a un tratamiento psicológico o el tratamiento de la adicción al alcohol y a las drogas, así como medidas restrictivas como la prohibición de acercarse a la víctima bajo la vigilancia de la policía y de la gendarmería.
El texto legislativo amplía también el campo de aplicación de penas alternativas para incluir los delitos pasibles de una pena de prisión no superior a cinco años, con excepción de los delitos de corrupción financiera, delitos contra la seguridad del Estado, terrorismo, delitos militares, tráfico internacional de drogas y explotación sexual de menores o personas con discapacidad.
Este texto de ley contribuiría a remediar las lagunas de la política penal actual, en particular a la luz de los indicadores y datos registrados en cuanto a la población carcelaria en Marruecos.
En cuanto al proyecto de ley 10.23 relativo a la organización y gestión de los establecimientos penitenciarios, se inscribe en el contexto de las profundas evoluciones y reformas en curso en el Reino, reforzando así la elección democrática de nuestro país.
Las principales disposiciones de este texto consisten en reforzar los derechos en el seno de los establecimientos penitenciarios y promover la rehabilitación y la reinserción de los detenidos, haciendo hincapié en la preservación de la seguridad de los detenidos, de los individuos, de los edificios y de las infraestructuras penitenciarias, así como en la contribución a la preservación de la seguridad pública y a la garantía de los derechos de los reclusos, su seguridad y la mejora de sus condiciones de vida.
Las disposiciones de este texto legislativo reflejan el énfasis puesto en la humanización de las condiciones de vida en prisión como espacio de rehabilitación social para las personas privadas de libertad y su reinserción en la sociedad, contando con su propia iniciativa, respetando la ley.
En el citado proyecto se puso énfasis en la necesidad de respetar los derechos de los reclusos, garantizándoles el derecho a contactar a un abogado de su elección, el derecho de visita, envío y recepción de cartas, el derecho a la atención médica, al ocio, y brindándoles todas las facilidades para continuar los estudios y la formación profesional, así como el derecho de quienes ejercen una actividad productiva a una remuneración equitativa y el derecho a la defensa.
Además, el proyecto de ley incluye disposiciones relativas a permisos excepcionales de salida para preservar los vínculos familiares y preparar su integración en la sociedad, así como la prohibición estricta y absoluta de la mezcla entre mujeres, hombres y menores durante el período de detención.
Por último, este texto legislativo contribuirá a subsanar las deficiencias de la ley actual, en particular en lo que respecta a los aspectos de seguridad y reinserción en la aplicación del papel de las instituciones penitenciarias.