La Cámara de Representantes aprobó, el lunes 7 de noviembre de 2022, el proyecto de ley 27.22 por el que se modifica y se completa la Ley 65.00 relativa al Código de Cobertura Médica Básica, durante una sesión plenaria legislativa presidida por el Vicepresidente de la Cámara de Representantes Mohamed Ouzzine, y en presencia del ministro de Sanidad y Protección Social, Khalid Ait Taleb, y el ministro delegado ante el Jefe de Gobierno encargado de las Relaciones con el Parlamento y Portavoz del Gobierno, Mustapha Baïtas.
Este proyecto de ley, que se enmarca en el gran proyecto de protección social, es de particular importancia y de carácter urgente, ya que está estrechamente relacionado con muchas de las disposiciones de la Ley 09.21 relativa a la Generalización de la Protección Social para todos los marroquíes, siendo una revolución social hacia la mejora de las condiciones de vida de los ciudadanos.
El texto de ley, que se inscribe en el marco de las altas directrices reales, se basa en cuatro principios fundamentales, a saber: la puesta en marcha del proyecto de protección social, la reforma del sistema de salud en lo relativo a la generalización del seguro obligatorio básico de enfermedad, la transferencia automática de los beneficiarios del régimen de asistencia médica (RAMED) al régimen de seguro obligatorio básico de enfermedad, la supresión del régimen de asistencia médica y su sustitución por el régimen de seguro obligatorio básico de enfermedad, así como la salvaguardia de los logros concedidos a los beneficiarios del régimen de asistencia médica.
El precitado proyecto de ley prevé también el beneficio de la misma canasta de tratamientos, la adopción del Registro Social Unificado en tanto que condición para beneficiarse del régimen, así como la atribución de la misión de gestionar el régimen a la Caja Nacional de Seguridad Social.
Con respecto al costo financiero de la puesta en marcha del citado proyecto de ley, el Estado se encargará de este aspecto en lo tocante tanto al sector público como al sector privado, siendo necesario establecer normas para regir este último en lo que respecta a la tarifa de referencia para que el Estado pueda cubrir el costo financiero y la protección de los ciudadanos de ciertas prácticas ilegales en relación con el pago de los gastos de tratamiento.