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La Comisión de Peticiones informa al Presidente de la Cámara de Representantes de dos proposiciones de ley destinadas a la simplificación de los trámites relativos a las peticiones y mociones en materia legislativa

El presidente de la Cámara de Representantes, Habib El Malki, presidió el lunes 16 de noviembre de 2020 en la sede de la Cámara, una reunión con los miembros de la Comisión de Peticiones en el seno de la Cámara de Representantes presidida por Rachid El Abdi. Esta reunión fue dedicada a la presentación de dos proposiciones de ley orgánica por las que se modifican y se completan la Ley Orgánica 64.14 que determina las condiciones y modalidades para el ejercicio del derecho a presentar mociones en materia legislativa y la Ley Orgánica 44.14 que determina las condiciones y modalidades para el ejercicio del derecho a presentar peticiones ante los poderes públicos.

Durante esta reunión, los miembros de la Comisión de Peticiones expusieron una serie de obstáculos y dificultades relacionados con el ejercicio por parte de los ciudadanos de su derecho constitucional de presentar mociones en materia legislativa, así como el de presentar peticiones a los poderes públicos, en particular las dirigidas al Presidente de la Cámara de Representantes.

Considerando las experiencias internacionales comparativas y las recomendaciones de la jornada de estudio organizada por la Comisión de Peticiones en el seno de la Cámara de Representantes a principios del año sobre "la democracia participativa entre las dificultades de la realidad y las perspectivas de mejora". La Comisión recomendó enmendar las dos Leyes Orgánicas mencionadas para contribuir al desarrollo de la práctica democrática en nuestro país.

Por su parte, el Presidente de la Cámara de Representantes subrayó que la democracia participativa es uno de los pilares de la Constitución de 2011, destacando la importancia de simplificar los trámites relativos a las peticiones y las mociones en materia legislativa, de modo que permita a los ciudadanos el pleno ejercicio de este derecho constitucional. Del mismo modo, añadió que la democracia participativa es un logro constitucional importante y la acción en el marco de las instituciones es el mejor medio de atender a las preocupaciones de los ciudadanos.

Se acordó iniciar consultas con los órganos y las estructuras de la Cámara acerca de las dos proposiciones de Ley Orgánica, y coordinar con el Gobierno para enmendar las dos Leyes Orgánicas, a saber; la Ley Orgánica 64.14 por la que se determinan las condiciones y las modalidades para el ejercicio del derecho a presentar mociones en materia legislativa, y la Ley Orgánica 44.14 por la que se determinan las condiciones y modalidades para el ejercicio del derecho a presentar peticiones ante los poderes públicos.