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La Cámara de Representantes aprueba el proyecto de ley orgánica relativo al nombramiento en los altos cargos y el proyecto de ley sobre las multas que deben pagarse para recuperar la facultad de emitir cheques

La Cámara de Representantes aprobó, el lunes 4 de diciembre de 2020, por mayoría el Proyecto de Ley Orgánica N°57.20 por el que se modifica y se completa la Ley Orgánica N°02.12 relativa al nombramiento en los altos cargos en aplicación de las disposiciones de los artículos 49 y 92 de la Constitución, y por unanimidad el Proyecto de Ley N°69.20 por el que se ratifica el Decreto-ley n°2-20-690 del 12 de safar de 1442 (30 de diciembre de 2020) por el que se dictan medidas excepcionales relativas a las multas que deben pagarse para recuperar la facultad de emitir cheques. Esta aprobación tuvo lugar durante una sesión plenaria presidida por, Habib El Malki, Presidente de la Cámara de Representantes, y en presencia del ministro de Economía, Finanzas y Reforma de la Administración Mohamed Benchaaboun.

En su presentación, el Ministro subrayó que el Proyecto de Ley Orgánica N°57.20 tiene por objeto modificar y completar las dos listas de las instituciones y empresas previstas en los anejos 1 y 2 adjuntos a la Ley Orgánica N°02.12 añadiendo la Agencia Nacional de Registros creada en virtud de la Ley N°72.18 relativa al sistema de selección de los beneficiarios de los programas de apoyo social y la creación de la Agencia Nacional de Registros a la lista de las instituciones públicas estratégicas que el nombramiento de sus responsables será objeto de deliberación en el Consejo de Ministros. Asimismo, se añade la Empresa Nacional de Garantía y de Financiación de la Empresa creada en virtud de la Ley N°36.20 por la que se transforma la Caja Central de Garantía (CCG) en sociedad anónima (SA), a la lista de las instituciones públicas estratégicas que el nombramiento de sus responsables será objeto de deliberación en el Consejo de Ministros.

La aprobación por la Cámara de Representantes del Proyecto de Ley N°69.20 por el que se ratifica el Decreto-ley n°2-20-690 del 12 de safar de 1442 (30 de diciembre de 2020) por el que se dictan medidas excepcionales relativas a las multas que deben pagarse para recuperar la facultad de emitir cheques, tiene lugar después de la adopción del precitado Decreto-ley por el Gobierno durante el periodo de receso que, de conformidad con el artículo 81 de la Constitución, debe ser sometido a la aprobación del Parlamento durante el siguiente periodo ordinario de sesiones.

Este texto de ley tiene como objetivo reducir la multa que debe pagar el titular de la cuenta para recuperar la facultad de emitir cheques al 0,5% del importe del primer cheque. En cuanto al cheque objeto de segundo requerimiento, cuya multa fue reducida del 1% al 1,5% del importe del cheque o los cheques objeto de tercer requerimiento y los requerimientos posteriores. Estas disposiciones seguirán vigentes hasta el 31 de marzo de este año, y se puede durante la vigencia del estado de emergencia sanitaria declarada prorrogar este plazo por medio de decreto.