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La Cámara de Representantes aprueba cinco proyectos de ley de carácter económico y financiero y una proposición de ley relativa a las guarderías privadas

La Cámara de Representantes aprobó por unanimidad, el martes 22 de junio de 2021, cinco proyectos de ley relativos al arbitraje y a la mediación convencional, la comercialización de los productos agrícolas, el préstamo de títulos, las microfinanzas y las sociedades anónimas, y una proposición de ley relativa a las guarderías privadas, durante dos sesiones plenarias presididas por, Habib El Malki, Presidente de la Cámara de Representantes, y en presencia del ministro de Justicia, Mohamed Ben Abdelkader, y del ministro de Economía, Finanzas y Reforma de la Administración, Mohamed Benchaâboun.

En su presentación del proyecto de Ley N°95.17 relativo al arbitraje y a la mediación convencional, el Ministro de Justicia aclaró que este proyecto se inscribe en el marco de la conclusión de la implementación del plan legislativo en materia de reforma del sistema de justicia y de modernización y desarrollo del sistema jurídico nacional que rige el ámbito de finanzas y negocios, resaltando la importancia de los medios alternativos en el arreglo de los conflictos, en especial la mediación y el arbitraje.

El precitado proyecto de ley prevé ampliar el campo del arbitraje interno para incluir también los litigios civiles, no someter al árbitro al control de ningún órgano judicial, así como concluir un acuerdo de arbitraje y de mediación convencional mediante un mensaje electrónico elaborado de acuerdo con los textos vigentes.

El proyecto de Ley N°37.21 por el que se dictan medidas específicas relativas a la comercialización directa de frutas y hortalizas en el marco de la agregación agrícola tiene por objeto permitir a los agregadores que disponen de una autorización expedida por la autoridad competente comercializar estas frutas y hortalizas directamente sin estar obligados a pasar por los mercados mayoristas. Asimismo, este texto de ley pretende hacer posible a los pequeños agricultores mejorar su producción, acceder a los canales modernos de comercialización y determinar las condiciones y modalidades para la expedición de autorizaciones.

El Ministro de Economía y Finanzas presentó, también, el proyecto de ley N°83.20 por el que se dictan disposiciones relativas al préstamo de títulos, destacando que nuestro país había dado gran paso durante los últimos años hacia la reforma del mercado financiero nacional, lo que permitió establecer un sistema financiero inmunizado y sólido.

Entre las novedades más importantes de dicho proyecto de ley, figura la obligación de constituir garantías, ampliar la mediación en las operaciones de préstamo de títulos, alargar la lista de personas y organismos autorizados a obtener préstamo y generalizar los títulos aceptados en operaciones de préstamo para que abarquen todos los instrumentos financieros regulados. 

El proyecto de ley N°50.20 relativo a la microfinanza se enmarca en el proceso de integración del sector de microcrédito en el sector financiero y el fortalecimiento de su gobernanza, con el propósito de expandir su actividad para que abarque las microfinanzas. Entre las nuevas disposiciones incluidas en este proyecto, figura la determinación por decreto de la cantidad máxima de microcréditos, la definición del sistema de liquidación de las instituciones de microcrédito, el establecimiento de una representación única del sector microfinanciero, así como la armonización con la ley bancaria.

El proyecto de ley N°19.20 por la que se modifica y se completa la Ley N°17.95 relativa a las sociedades anónimas y la Ley N°5.96 relativa a la sociedad en nombre colectivo, la sociedad en comandita simple, la sociedad en comandita por acciones, la sociedad de responsabilidad limitada y la sociedad en participación se inscribe en el marco de la mejora del clima de negocios y la promoción de las inversiones. Pretende también subsanar los efectos de la discriminación en el seno de la empresa, consagrando de modo gradual el principio de equidad entre las mujeres y los hombres, estimular las iniciativas de las empresas, facilitar el acceso de las empresas al mercado de valores, mejorar la gobernanza y consolidar la transparencia respecto a las sociedades anónimas, así como generalizar los medios audiovisuales de comunicación de modo permanente en todos las reuniones de los órganos de administración y gobernanza de las S.A.

Durante la segunda sesión legislativa, la diputada Mina Talbi, perteneciente al grupo socialista, presentó la proposición de ley por la que se modifican los artículos 9 y 42 de la Ley N°40.04 relativa al estatuto de las guarderías privadas promulgada por el Dahir n°1-08-77 de Shaual de 1429 (20 de octubre de 2008). En este sentido, destacó que el estatuto de las guarderías privadas fue objeto de enmiendas, y tiene por objeto obligar a dichas guarderías a entregar a los padres de los niños copias de los contratos de seguro, por una parte, y aumentar el valor de la multa por incumplimiento del seguro de todos los niños inscritos en el establecimiento, siendo el responsable de cada guardería quien asumirá la responsabilidad financiera personal por cada accidente que se produzca de todo niño que se encuentre no asegurado.